El nuevo Real Decreto 892/2024, que entró en vigor el 1 de octubre de 2024, introduce importantes cambios en la inspección técnica de vehÃculos históricos (ITV) en España. Esta normativa actualiza y modifica los requisitos para la clasificación y tratamiento de estos vehÃculos, manteniendo algunas disposiciones previas del RD 1247/1995 y agregando nuevas medidas.
DEKRA, como referente en la inspección técnica de vehÃculos, está preparada para aplicar las nuevas normativas y seguir colaborando en la preservación del patrimonio automovilÃstico, asegurando que los vehÃculos históricos continúen circulando de forma segura y cumpliendo con las nuevas regulaciones. A continuación, un resumen de los principales puntos del reglamento:
Continuidad de los VehÃculos Históricos bajo el Real Decreto 1247/1995
Los vehÃculos históricos que ya estaban acogidos al RD 1247/1995 seguirán con los mismos requisitos que hasta ahora:
- Los vehÃculos llevarán el distintivo de vehÃculo histórico (VH) o la placa con la letra "H" si la matrÃcula ordinaria no coincide con la fecha de su primera matriculación.
- No es necesario que el permiso de circulación indique un cambio de servicio a vehÃculo histórico.
Novedades Introducidas por el RD 892/2024
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Nuevo servicio 22 – Histórico: La administración clasificará los vehÃculos históricos bajo el nuevo servicio "22 - Histórico".
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Nuevo método de plazo de inspección ITV para históricos (MdPITV): Se establece un periodo de un año para que las estaciones de ITV se adapten a los nuevos procedimientos especÃficos para los vehÃculos históricos.
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Bajas temporales limitadas: Las bajas temporales de vehÃculos históricos tendrán una duración máxima de un año, con posibilidad de prórroga solicitada dos meses antes del vencimiento. La excepción son los vehÃculos agrÃcolas, que no tienen un lÃmite de tiempo para las bajas temporales.
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No es necesaria la resolución de catalogación: La nueva normativa elimina la necesidad de obtener una Resolución de Catalogación por parte de la Dirección General de Industria.
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Uso ocasional: Se limita el uso de los vehÃculos históricos a un máximo de 96 dÃas al año.
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Rehabilitación de vehÃculos destruidos: Se podrá rehabilitar un vehÃculo que haya recibido un certificado de destrucción si es declarado Bien de Especial Interés.
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Nuevas periodicidades para la ITV:
- VehÃculos con 30 a 40 años: Cada 2 años (excepto motocicletas, que será cada 4 años).
- VehÃculos con 40 a 45 años: Cada 3 años (excepto motocicletas, que será cada 4 años).
- VehÃculos con 45 a 60 años: Cada 4 años.
- VehÃculos con más de 60 años: Estarán exentos de pasar la ITV, incluyendo ciclomotores históricos.
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Exención de distintivo V-19: Los vehÃculos históricos estarán exentos de llevar el distintivo V-19 de la ITV, sustituyéndolo por el distintivo "H".
Requisitos para la clasificación como vehÃculo histórico (H)
Se podrán considerar vehÃculos históricos (H) aquellos que cumplan con alguna de estas condiciones:
- Fabricados o matriculados hace 30 años o más, que hayan dejado de producirse y mantengan su configuración original.
- VehÃculos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español.
Dos grupos de vehÃculos históricos (H)
El reglamento distingue entre dos grupos:
- Grupo A: VehÃculos con matrÃcula ordinaria en España y con la ITV en vigor, que se acogen al método abreviado para la clasificación.
- Grupo B: VehÃculos con matrÃcula ordinaria, pero cuya numeración no coincide con la fecha de matriculación o fabricación, que seguirán el método no abreviado.
Procedimientos y documentación
El reglamento establece un conjunto de trámites para cada grupo de vehÃculos históricos. DEKRA destaca algunos de los más importantes:
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Grupo A: Los trámites se realizan exclusivamente ante la Jefatura Provincial de Tráfico (JPT), e incluyen la renovación del permiso de circulación, la declaración responsable de originalidad, la presentación del informe de ITV en vigor y fotografÃas del vehÃculo.
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Grupo B: En este caso, el proceso involucra al Club de VehÃculos Históricos (Club+STVH), la ITV y la JPT. El vehÃculo debe someterse a una inspección previa y obtener el certificado de caracterÃsticas técnicas, limitaciones, y periodicidades, entre otros.
Reformas permitidas y matrÃculas
Se permiten reformas de restitución o la instalación de un sidecar, siempre que se aporte el certificado correspondiente (Anexo IV) y se realice una inspección completa.
Además, los vehÃculos fabricados antes de 1970 podrán conservar las placas originales de la época, mientras que los fabricados después de 1970 deberán llevar placas homologadas conforme al Reglamento General de VehÃculos.
Condiciones generales para la circulación
Los vehÃculos históricos deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Seguro obligatorio.
- Cumplir con las condiciones técnicas mÃnimas de alumbrado.
- Ajustarse a las condiciones de circulación según su velocidad máxima y, en su caso, a las exenciones de cinturones o sistemas de retención infantil (SRI).
- Si no superan los 80 km/h, estarán sujetos a limitaciones adicionales.
Usos permitidos
Los vehÃculos históricos podrán utilizarse en el transporte público de viajeros o mercancÃas, en labores agrÃcolas o de construcción, y se permitirá su alquiler con conductor, siempre que sea ocasional y para distancias cortas.
En resumen, el RD 892/2024 moderniza la normativa sobre vehÃculos históricos, ajustando los requisitos para su clasificación y uso, y estableciendo nuevos plazos de inspección técnica. Este decreto busca proteger el patrimonio automovilÃstico, a la vez que garantiza que estos vehÃculos cumplan con estándares mÃnimos de seguridad y circulación.
En conclusión
El Real Decreto 892/2024 moderniza la normativa sobre vehÃculos históricos, ofreciendo mayor flexibilidad para su clasificación, uso y conservación. Estas medidas buscan un equilibrio entre la preservación del patrimonio automovilÃstico y el cumplimiento de los requisitos de seguridad y medio ambiente, asegurando que estos vehÃculos puedan seguir circulando de manera ocasional, bajo condiciones seguras y controladas. La posibilidad de rehabilitar vehÃculos destruidos y las nuevas periodicidades de ITV proporcionan un marco más favorable para la protección de estos vehÃculos, que forman parte del legado histórico y cultural del automovilismo en España.
DEKRA, comprometida con la excelencia en la inspección técnica de vehÃculos, está plenamente capacitada para aplicar las nuevas regulaciones del Real Decreto 892/2024. DEKRA cuenta con la experiencia, y seguirá apoyando la preservación del patrimonio automovilÃstico, asegurando que los vehÃculos históricos cumplan con los estándares de seguridad actuales y puedan seguir en circulación de manera responsable y conforme a la normativa vigente.
Fuente Comunicae