Indemnizaciones por pérdidas de mercancías en el transporte
En el momento en que se producen operaciones relacionadas con el transporte de mercancías, existe la figura del transportista, que se dedica a realizar el traslado de los productos y, por consiguiente, es el responsable de la mercancía a su cargo hasta el momento en que realiza la entrega al cliente final.
Esto quiere decir que, desde que la mercancía se pone a disposición del porteador o transportista es el encargado de velar por la seguridad de las mercancías e intentar evitar las posibles roturas, averías o pérdidas que pueda sufrir la mercancía.
En el supuesto caso de que esto ocurra y las mercancías se encuentren perdidas o rotas, la empresa del transportista tiene que tener constancia en todo momento de los límites existentes en las indemnizaciones que deben tener lugar en este tipo de situaciones de pérdida o avería. Dichos límites se regulan mediante la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías, y en la Orden FOM/1882/2012 a través de la que se aprueban las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera.
¿Cuál es la indemnización por pérdida de las mercancías?
En caso de que la mercancía resulte pérdida el precio a pagar se calcularán en función de los kilos de peso bruto de mercancía perdida y será de un tercio del IPREM/día. Esta cuantía se fijó en 17,93 euros/día a partir del pasado año 2017.
Para realizar el cálculo correspondiente, lo primero que debemos hacer es tener conocimiento de la mercancía objeto del transporte, puesto que la indemnización a percibir nunca podrá superar el valor de las mercancías transportadas.
Pues bien, te estarás preguntando, "¿y cómo calculo el valor de las mercancías?". Haz click aquí y descúbrelo leyendo nuestro artículo.