LEY ORDENACION TRANSPORTE TERRESTRE

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LEY ORDENACION TRANSPORTE TERRESTRE La Ley de Ordenación Transporte regula el transporte por carretera y ferrocarril de mercancía y pasajeros. A principios del 2016 se reformó para adaptarla al código de comercio europeo haciéndolo más operativo. MODIFICACIONES DE LA LEY DE ORDENACION DE TRANSPORTE TERRESTRE - Se suprime la distinción en las cagas fraccionadas y completas. El cargador es el responsable de cargar y descargar la mercancía, el transportista en caso de envíos pequeños o paquetería. Todo esto si no se acuerda otra cosa. De todas formas, si el transportista es el que carga y descarga, asume la responsabilidad de carga. - Otro cambio es el régimen de paralizaciones. Los transportistas pierden tiempo debido a problemas ajenos a ellos que le hacen perder dinero y tiempo. Esto se va a modificar, de forma que, si pierden tiempo, no perderán dinero porque cobrarán 35,14 euros por cada hora paralizados y el día lo cobrarán a 351,40 € - Se modifica el sistema de pago. El cargador por ley es el que debe pagar al transportista a no ser que por acuerdo mutuo y pactado se establezca que el destinatario es el responsable del pago. De todas formas, el destinatario incumpliría el contrato, el cargador siempre de be ser el responsable subsidiario. El plazo de pago es 30 días, a no ser que se pacte un plazo distinto. - El precio del transporte puede ser modificado según las fluctuaciones del precio del combustible, ya que son gastos que afectan directamente al coste del transporte. BENEFICIOS PARA LOS USUARIOS DEL SERVICIO La Ley se va adaptando a las necesidades del entorno. Los beneficios para los usuarios de estos servicios de transporte serán: - El Gobierno fijará las tarifas máximas, por lo que se asegura la existencia de precios considerables. - Se puede realizar el transporte escolar de trabajadores de forma combinada, por lo que ciertas rutas escolares que no se cubrían pasará a gestionarse al permitir viajar adultos con niños. ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE Las empresas que gestionan el transporte deben tener en cuenta: - Se prevé la introducción de un canon anual de la Administración a las empresas de autobuses que exploten líneas regulares. Esta medida conllevará el aumento de la eficacia de estas. A mayor volumen de recaudación habrá un retorno en canon. - Establecimiento de 10 años como límite para conceder explotación de una ruta de transporte público, ahora está entre los cincuenta y noventa años. - Se permitirá hacer todas las gestiones administrativas de forma online y se podrá realizar el transporte y las operaciones de subcontratación de dicho transporte con una autorización única, ya que, en la actualidad, necesitamos distintos permisos. PUNTOS QUE CREAN CONTROVERSIA Hay algunos puntos que crean más controversia: - TRANSPORTE LIGERO: Ha sido uno de los puntos que ha creado más controversia. Al principio fue rechazado por todos los colectivos de transportistas autónomos y pequeños empresarios. Lo interpretaron como una liberalización del transporte de vehículos con una MMA de hasta 3,5 toneladas. Había sentimiento de frustración ya que, según explicaban: “bajo el lema de eficiencia y competitividad, se sacrifica el sector mediante la desregularización del transporte ligero y esto supondrá un incremento de una oferta ya de por sí desproporcionada.” - COOPERATIVAS DE TRANSPORTE: La LOTT agrava su situación al impedirles, con su actual situación jurídica, continuar desarrollando su actividad. Establece que las cooperativas no estarán obligadas a contar con una autorización de operador de transporte, cuando su intermediación se limite a la comercialización de un servicio que preste un socio mientras que cuente con permiso - ACCION DIRECTA: Una novedad más que ha supuesto un gran paso, aunque no sin controversia, es la acción directa. Lay ley permitirá que el transportista que haya efectuado el viaje reclame, en caso de impago, el servicio al intermediario que le realizó el encargo y a todos los que hayan estado presentes en la cadena de subcontratación. - SANCIONES: Acusan al gobierno de no adaptar la ley a la normativa común y no revisar el baremo sancionador y sus importes. También, los colectivos están preocupados porque la ley de ordenación de transporte terrestre no hace ninguna mención a la participación de conductores en operaciones de carga y descarga.

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